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AYUDAS POR LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS PARA CUIDADO DE UN FAMILIAR

(Orden de 25 de julio de 2005, BOJA núm. 150 de 3 de Agosto 2005, modificada por orden de 19 de mayo 2006, BOJA núm. 111 de 12 de junio de 2006)

  • AYUDAS A FAMILIAS ANDALUZAS QUE CONTRATEN A UNA PERSONA TRABAJADORA, PARA LA ATENCIÓN Y CUIDADO DE UN FAMILIAR, HASTA EL SEGUNDO GRADO, INCLUSIVE, DE CONSANGUINIDAD O AFINIDAD, ENTENDIÉNDOSE INCLUIDO EN ESTE ÁMBITO EL SUPUESTO DE QUE LA CONTRATACIÓN LA EFECTÚE LA PROPIA PERSONA AFECTADA. LA PERSONA A CUIDAR O ATENDER DEBE TENER RECONOCIDO UN GRADO DE DISCAPACIDAD DE AL MENOS UN 75% O PADECER ENFERMEDAD CRÓNICA QUE REQUIERA ATENCIÓN CONTINUADA.

 

CUANTÍA DE LAS AYUDAS:

  • LOS INCENTIVOS CONSISTIRÁN EN UNA CUANTÍA QUE 2.000 € AL AÑO, HASTA UN MÁXIMO DE TRES ANUALIDADES.

 

PLAZO DE SOLICITUD:

·        Durante el mes de enero de cada año para todas las contrataciones realizadas entre el 01 de julio y el 31 de diciembre del ejercicio anterior.

·        Durante el mes de julio de cada año para todas las contrataciones realizadas entre el 01 de enero y el 30 de junio del ejercicio corriente.

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Para más información puede dirigirse a la UTEDLT o al ALPE de su Ayuntamiento.

UTEDLT Guadiaro-Genal. Plaza Carlos III, S/n.

 29380 Cortes de la Frontera (Málaga).

Telf. 952 15 47 60   Fax: 952 15 44 43 

 


                  


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